El Gobierno de Ecuador anunció el 5 de octubre de 2026 la eliminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para la importación de equipos destinados a proyectos privados de generación y almacenamiento de energía eléctrica. La medida, explicó José Julio Neira, secretario de la Administración Pública, empezará a regir el martes 6 de octubre y fue acordada con la Cámara de Industrias y Producción (CIP) el 29 de septiembre.

Esta decisión pretende abaratar los costos iniciales de inversiones privadas en generación hidroeléctrica, fotovoltaica y sistemas de almacenamiento, al tiempo que incentiva la autogeneración empresarial para reducir la dependencia de la red nacional.

Qué cambia con la medida

Hasta ahora, la importación de equipos para proyectos de generación enfrentaba una carga tributaria compuesta por 15% de IVA y 5% de ISD. Según Neira, esos gravámenes representaban un costo que los inversionistas no podían recuperar fácilmente porque la venta de energía al Estado tiene tarifa cero de IVA. Con la eliminación anunciada, los equipos para generación y almacenamiento dejaban de aplicar ambos tributos, lo que reduce el capital inicial requerido para instalar plantas privadas o sistemas de respaldo.

Contexto y razones del anuncio

La explicación oficial apunta a dos objetivos básicos: atraer inversión privada al sector eléctrico y garantizar el suministro durante las semanas de mayor estiaje. El presidente Daniel Noboa dijo en una entrevista con Radio Centro que la generación privada, sumada a proyectos hidroeléctricos y a las dos barcazas contratadas recientemente, permitirá sostener el suministro sin cortes domésticos en los periodos críticos.

Además, Neira destacó que desde junio la Secretaría de la Administración Pública ha entregado 12 certificados habilitantes para proyectos fotovoltaicos y ha acelerado la viabilidad de iniciativas de generación eléctrica. La medida tributaria sería un eslabón más para facilitar la puesta en marcha de esas obras.

Impacto esperado en inversiones y empresas

Al eliminar IVA e ISD, el Gobierno espera que más empresas opten por la autogeneración —instalar plantas propias para cubrir parte de su demanda— y que inversionistas privados se animen a desarrollar pequeñas y medianas centrales hidroeléctricas, proyectos solares y sistemas de almacenamiento con baterías.

En la práctica, la reducción de costos de importación puede acortar plazos de decisión de inversión y mejorar la rentabilidad de proyectos que, de otra manera, enfrentarían márgenes apretados. No obstante, el real efecto dependerá de otros factores: facilidades para permisos, acceso a financiamiento, estabilidad regulatoria y precios del mercado eléctrico.

Beneficios para la industria

Fabricantes e importadores de equipos —transformadores, inversores, paneles solares, baterías y componentes hidroeléctricos— verán menos barreras fiscales en la llegada de insumos. Esto también podría reducir el costo final de proyectos y fomentar encadenamientos productivos locales en la logística y mantenimiento.

Trámites y tiempos para ejecutar proyectos

Neira aseguró que la Secretaría de la Administración Pública coordina con las instituciones encargadas de permisos y autorizaciones, y que un seguimiento activo puede llevar los trámites a entre tres y cuatro meses. Esa estimación incorpora gestión interinstitucional para obtener certificaciones, estudios de impacto, permisos ambientales y concesiones cuando corresponda.

Sin embargo, los plazos pueden variar según la complejidad del proyecto, la ubicación y los requisitos ambientales o comunitarios. Proyectos hidroeléctricos, por ejemplo, suelen necesitar mayor evaluación técnica y social que instalaciones fotovoltaicas de menor escala.

Vías legales y técnica tributaria

El experto tributario Idrián Estrella indicó que el Ejecutivo podría fijar la reducción a 0% del IVA para estos equipos mediante decreto ejecutivo, amparándose en una interpretación del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Ese camino, explicó, facilitaría la implementación inmediata aunque requeriría una motivación jurídica clara, porque los bienes en cuestión no están listados expresamente entre los que ya gozan de tarifa cero.

Un decreto tendría la ventaja de ser rápido, pero su alcance y permanencia podrían quedar sujetos a impugnaciones o a reinterpretaciones futuras. Por ello, el diseño normativo y las notas legales que acompañen la medida serán claves para su estabilidad y aceptación por parte del sector privado y la administración tributaria.

Reacciones y próximos pasos

El anuncio se presentó como resultado de un acercamiento entre el Gobierno y la Cámara de Industrias y Producción. A partir de ahora, fuentes oficiales deberán publicar los detalles técnicos y el mecanismo legal que instrumentará la exención. Entre los puntos pendientes están los criterios para calificar equipos, los procedimientos aduaneros, y si la medida aplicará a proyectos en operación o solo a nuevas inversiones.

También será relevante la coordinación con ministerios y agencias ambientales para conciliar la aceleración de proyectos con las exigencias de impacto ambiental, derechos de agua y acuerdos con comunidades locales cuando aplique.

¿Qué queda por aclarar?

  • El alcance exacto del decreto o norma que elimine IVA e ISD y su vigencia en el tiempo.
  • Los criterios técnicos y administrativos para que un proyecto privado pueda acogerse a la exención.
  • La articulación de la medida con permisos ambientales y de uso de agua en proyectos hidroeléctricos.
  • Las condiciones para la importación aduanera y los procedimientos de devolución o exoneración en la práctica.

FAQ

¿Cuándo entra en vigencia la eliminación del IVA e ISD?

Según la Secretaría de la Administración Pública, la medida empezará a regir a partir del martes 6 de octubre de 2026.

¿A qué tipos de equipos aplica la exención?

El Gobierno anunció que la eliminación de IVA e ISD aplica a equipos destinados a proyectos privados de generación y almacenamiento de energía eléctrica; sin embargo, los detalles técnicos y la lista concreta de bienes quedan pendientes de la normativa que reglamente la medida.

¿Qué impuestos pagaban antes esos equipos?

Hasta ahora se aplicaba 15% de IVA y 5% de ISD a la importación de equipos para generación eléctrica.

¿Puede el Ejecutivo fijar esta medida por decreto?

Según el experto Idrián Estrella, sí es posible que el Gobierno reduzca a 0% el IVA para estos equipos mediante decreto ejecutivo, con base en interpretaciones del artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, aunque ello requiere un sustento jurídico claro.

¿La medida garantiza proyectos inmediatos?

La exención reduce costos, pero la ejecución de proyectos dependerá también de permisos, financiamiento, estudios ambientales y otras autorizaciones que pueden tomar entre tres y cuatro meses con gestión activa, según la Secretaría de la Administración Pública.

¿Qué impacto tendrá en las tarifas eléctricas?

En el corto plazo la medida busca aumentar la oferta de generación privada y la autogeneración empresarial para mejorar la seguridad del suministro en estiaje; su efecto en tarifas depende de múltiples variables del mercado eléctrico y no se puede garantizar de manera inmediata.

Pronósticos y Cuotas

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